Novedades para 2010 en el cálculo de nóminas

Ya aprobada y publicada en el BOE, la Ley de Presupuestos Generales del Estado introduce algunas modificaciones relevantes para el cálculo de nóminas en 2010:

IRPF

Se elimina parcialmente la deducción de 400 euros, quedando únicamente para las rentas más bajas:

Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 12.000 euros anuales que obtengan rendimientos del trabajo o rendimientos de actividades económicas se deducirán la siguiente cuantía:
a) cuando la base imponible sea igual o inferior a 8.000 euros anuales: 400 euros anuales.
b) cuando la base imponible esté comprendida entre 8.000,01 y 12.000 euros anuales: 400 euros menos el resultado de multiplicar por 0,1 la diferencia entre la base imponible y 8.000 euros anuales.

Cotización a la Seguridad Social

La base máxima de cotización a la Seguridad para 2010 será de 3.198,00 euros/mes ó 106,60 euros/día, es decir se incrementa un 1%. Las bases mínimas, así como las cuotas fijas de los contratos para la formación, crecerán sobre las de 2009 en la misma proporción que lo haga el SMI, todavía pendiente de publicar.

Mientras, la tarifa de primas por Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional modifica algunos tipos de cotización y elimina el código de ocupación “c” para los trabajadores de baja (página 207) que, durante esa situación, continuarán cotizando por el tipo de la actividad económica de la empresa.

Los tipos de cotización por contingencias comunes, horas extraordinarias, desempleo, formación profesional y FOGASA se mantienen iguales a los de 2009.

IPREM

Se establecen las cuantías del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples para 2010:

Diario: 17,75 €
Mensual: 532,51 € (20% = 106,50)
Anual (sin pagas extras): 6.390,13 €
Anual (con pagas extras): 7.455,14 €

Tipos de Interés

El tipo de interés legal del dinero para 2010 queda establecido en el 4%, mientras que el interés de demora a que se refiere la Ley General Tributaria será del 5%.

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