Excel para calcular el tipo de retención IRPF 2010
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Si has llegado hasta aquÃ, puede que te interese leer este otro artÃculo más actualizado:
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Como alternativa al programa de la Agencia Tributaria, hemos construÃdo una hoja de cálculo Excel para calcular el tipo de retención de trabajadores por cuenta ajena y que dejamos disponible para descarga.
También se encuentra publicada en EconomÃa Excel.
Si bien la hoja ha sido testeada profundamente, no nos hacemos responsables de los errores que pudiera contener ni de las consecuencias derivadas de su uso. No se recomienda un uso profesional de la misma.
Nota sobre los cálculos de la hoja:
-Las siguientes limitaciones no impiden un cálculo correcto para la inmensa mayorÃa de trabajadores.
-La hoja tiene limitado el número de descendientes (5) y ascendientes (2) que pueden tenerse en cuenta.
-La hoja no tiene en cuenta la reducción del 40% por rendimientos irregulares.
-Las cotizaciones a la Seguridad Social se calculan automáticamente a partir de las retribuciones, teniendo en cuenta si el contrato del trabajador es temporal o indefinido. Para ello presupone que todas las retribuciones del trabajador cotizan a la Seguridad Social.

Tengo dudas con el funcionamiento de esta tabla excel, puesto que calculo el mismo caso de retenciones con el excel y con el programa de la agencia tributaria y tengo 2% de diferencia entre uno y otro (15% con el excel, 17% con la agencia tributaaria)
Habéis detectado algun error en su funcionamiento?
Realmente me parece muy práctico (mucho mas que el programa de la Agencia Tributaria) pero quiero que tambien sea fiable…
Gracias!
Cristina, gracias por utilizar la hoja y por hacernos llegar el problema. Para ver qué puede estar sucediendo ¿me puedes decir qué datos has introducido en la hoja?
Cristina, seguramente, si la diferencia es exactamente de un 2% sea debido a que has dejado marcada la opción de que efectúa “pagos por préstamos”.
Buenas tardes.
Yo también estoy experimentando diferencias. Con la excel me sale un 24% y con el de Hacienda un 26%
Un saludo
Para poder ayudaros con esas diferencias y ayudarme a corregir la hoja, me gustarÃa que me dijerais qué datos (todos) introducÃs para el cálculo del tipo de retención. Gracias.
Puede alguien explicarme como es que se calculan el gravamen estatal y el gravamen autonomico ahora que se redondea el tipo de retencion?
Antes era facil, solamente usar el tipo segun la escala (p.e. 15,66 % y 8,34 %), pero ahora mismo estoy un poco perdido en el calculo…
Muchas gracias
La escala autonómica no se aplica para calcular las retenciones, sino que se aplica la estatal (art. 85 RIRPF). Sobre los decimales o el redondeo del tipo de retención puedes leer este artÃculo.
Hola,
¿Esta hoja está disponible para el año 2009? ¿Qué cambios habrÃa que hacer para adaptarla?
¡Muchas gracias!
Lo siento, no tenemos hoja para 2009. Los cambios del pasado año a este han sido el cuadro de mÃnimos excluÃdos de retención y la deducción de 400 euros que ha quedado para las rentas más bajas. En cualquier caso tienes disponible en la página de la AEAT el programa para el cálculo de retenciones de 2009.
buenos dÃas he ecnontrado esta hoja excel y tengo otra que me descargue y tengo una diferencia muy grande de irpf con esta me da muy poco y con la otro demasiado y ya no se de cual fiarme. introduzco las retribuciones y el año de nacimiento y todo lo demas lo dejo como esta, lo único que de momento no estoy casada pero si tenemos una hipoteca y no se si marcar lo de pagos por prestamos(aunque lo marque me sigue saliendo lo mismo). Muchas gracias
Hola Mayte. No sé cuál es esa otra hoja Excel. Y si no me aportas los datos que has introducido poco te voy a poder ayudar. ¿Has comparado los resultados con los del programa de Hacienda?
Buenos dias, el programa de hacienda lo descargue y relleno los datos y me dice que falta algun dato por introducir y conozco a mas gente que tambien les da problemas, pero que datos necesitas?? y preferia mandarlos por privado. Gracias
Si no recuerdo mal, el programa te dice qué datos te faltan por rellenar. Los datos mÃnimos necesarios son las retribuciones brutas previstas para este año, las cotizaciones a la Seguridad Social, y todo lo relativo a la situación personal y familiar. Si lo deseas puedes ponerte en contacto conmigo directamente a través de este formulario de contacto para tratar de ayudarte.
Buenas tardes, mi pregunta es referenta a movilidad geográfica. Por razones de trabajo he tenido que de ciudad mi residencia habitual, a unos 250 km de donde residÃa y he tenido que alquilar un piso cercano al trabajo. Lo que no entiendo es si eso se considera movilidad geográfica a efectos del tipo de gravamen del IRPF o bien se refiere a si por tu trabajo estás viajando continuamente de un sitio para otro pero sin variar tu lugar de residencia habitual. Gracias
Juanma, se refiere concretamente a lo establecido en el art. 20.2.b de la Ley de IRPF: Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio. El beneficio de la deducción podrá aplicarse el año del traslado y el siguiente.
hola buenas tardes, necesitaria saber cuanto le tienen que retener a mi marido que tiene una pension de 1700€ y le retienen el 7% y un sueldo en regimen general de 1800 y le retienen lo mismo. el año pasado tuvimmos que pagar 4000€ y no quiero que me pase lo mismo. ¿podiais ayudarme? muchas gracias
inmalba@ozu.es
1. En primer lugar debemos aclarar que cada pagador (el de la pensión y el del sueldo) debe aplicar el tipo de retención en función de las retribuciones que cada uno satisface y sin tener en cuenta las del otro, lo cual obedece con corrección a lo establecido en el Reglamento de IRPF. Sin embargo, debido a que el IRPF es un impuesto progresivo en el que se paga en función de la totalidad de los ingresos, llegado el momento de la Declaración de la Renta, el trabajador tendrá que liquidar a Hacienda una cuota diferencial a ingresar más o menos elevada, como bien le ocurre a tu marido y asà describes en los hechos de tu consulta.
2. Para solucionar esa situación, la normativa prevé que el trabajador pueda solicitar a sus pagadores (de forma individual a cada uno) un tipo de retención superior al que reglamentariamente le corresponda y le vengan aplicando.
3. Para calcular un tipo de retención adecuado con el fin de solicitarlo a los pagadores, lo ideal serÃa hacer una simulación de Declaración de la Renta de 2010, lo cual seguramente resulte demasiado complicado a dÃa de hoy. Sin embargo, también podemos acercarnos a esa retención ideal haciendo previamente un cálculo anual de las retribuciones brutas anuales de todos los pagadores y, con ellas y la situación personal y familiar, utilizar el programa de Hacienda de retenciones para que nos ofrezca el tipo de retención a aplicar y el importe de las retenciones anuales. Si tenéis alguna duda respecto a su uso no dudéis en planteárnoslas.
4. Pero cuidado, porque ese tipo de retención resultante serÃa el que se hubiera debido aplicar desde comienzos de año, pero dado que no ha sido asÃ, debemos hacer algo más: regularizar. Utilizar la sección de regularización del programa para tener en cuenta las retribuciones satisfechas hasta ahora y lo que le han retenido, marcando la casilla “otras causas” en la sección correspondiente e introduciendo los datos que acabamos de mencionar. El resultado será el tipo de retención “ideal” a solicitar para los dos meses que quedan de año.
5. Ahora bien, dadas las fechas en las que estamos, regularizar con ese nivel de retribuciones probablemente cause una excesiva elevación del tipo de retención que podrÃa resultar nada deseable para los dos meses que quedan de año. Será algo que debáis evaluar vosotros. Además, el tipo de retención resultante podrÃa estar limitado por el tipo máximo del 43% y, por tanto, no cumplir el objetivo que tenÃamos, aunque siempre se podrÃa, si interesa, pedir un tipo incluso superior a ese máximo.
6. De cualquier forma, para ser previsores para el próximo ejercicio económico 2011, os recomiendo que a comienzos de año hagáis los cálculos que os hemos indicado en el punto 3 (los del 4 no serÃan necesarios entonces), a ser posible con el programa de Retenciones del año que viene y que suele publicarse por aquellas fechas. Con el tipo de retención que os resulte hacéis una solicitud a cada uno de los pagadores para la elevación del tipo de retención, y la declaración de la renta dejará de ser un “susto”.
7. Para finalizar, cabe hacer la siguiente advertencia: lo comentado hasta aquà es lo ideal para una declaración de la renta separada, es decir, no conjunta, y además sin tener en cuenta otros factores que intervienen en la Declaración de la Renta, como por ejemplo deducciones adicionales, otros ingresos… que no se tienen en cuenta en las retenciones.
Un saludo.
Voy a jubilarme y mensualmente me quedarán brutas 2179 Euros (14 pagas). Estoy casado y mi mujer no trabaja, tengo un hijo de 4 años y estás conmigo el padre de mi mujer que tiene 78 años y cobra una pensión de 580 euros mensuales (14 pagas). ¿Cúanto me pueden retener o cúanto cobrarà mensualmente?.
José, no tenemos costumbre de hacer cálculos directamente de nuestros consultantes, y procuramos solamente resolver las dudas que se deriven de la lectura y aplicación de los artÃculos publicados. Por ello, te sugerimos que hagas los cálculos tú mismo con el programa de Hacienda (en tu caso concreto no te recomiendo nuestra hoja Excel ya que está pensada para trabajadores activos y no tendrÃa en cuenta tu condición de pensionista).
Conviene aclarar que el cálculo que hagas con el programa de Hacienda serÃa el aplicable a 1 de enero de 2010. Para 2011, podrÃa variar ligeramente, aunque no es previsible que haya grandes cambios.
Si tienes algún problema o duda, no dudes en consultarnos.