Modelo 145 para 2011
Se ha publicado en el BOE la resolución del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por el que se aprueba el modelo 145 de comunicación de datos al pagador para este año 2011, el cual únicamente incluye como novedad la posibilidad de su remisión telemática o electrónica y la de la selección del régimen de la deducción por vivienda a aplicar:
- Régimen transitorio: Perceptores que hayan adquirido o rehabilitado su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2011, que vayan a tener derecho a deducción por inversión en vivienda habitual conforme a lo establecido en la disposición transitoria decimoctava de la Ley del Impuesto, cuyos rendimientos íntegros del trabajo procedentes, de forma simultánea o sucesiva, de todos sus pagadores, sean inferiores a 33.007,20 euros anuales.
No obstante lo anterior, no será necesario que reiteren al mismo pagador la comunicación de datos los perceptores que, teniendo derecho a la reducción del tipo de retención conforme a lo dispuesto en esta letra a), hubiesen comunicado ya esta circunstancia con anterioridad a 1 de enero de 2011. - Régimen vigente: Perceptores que hayan adquirido o rehabilitado su vivienda habitual a partir del día 1 de enero de 2011, que vayan a tener derecho a deducción por inversión en vivienda habitual conforme a lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley del Impuesto, cuyos rendimientos íntegros del trabajo procedentes, de forma simultánea o sucesiva, de todos sus pagadores, sean inferiores a 22.000 euros anuales.
En ningún caso procederá la práctica de esta comunicación cuando las cantidades se destinen a la construcción o ampliación de la vivienda ni a cuentas vivienda.
Recordamos que esta comunicación de datos del trabajador a la empresa debe efectuarse con anterioridad al día primero de cada año natural o del inicio de la relación laboral o estatutaria, no siendo necesaria reiterar dicha comunicación cada año si los datos no varían. Aprovechamos aquí para recomendar la lectura de un artículo sobre la gestión del modelo 145 que escribimos hace algún tiempo.
Ya se puede descargar dicho modelo 145 desde la página web de la AEAT.
Comunicación telemática o electrónica
Así mismo, recordamos que ya se permite hacer esta comunicación de datos por medios telemáticos o electrónicos, siempre que se garanticen la autenticidad del origen, la integridad del contenido, la conservación de la comunicación y la accesibilidad por parte de la Administración tributaria a la misma. En estos casos, el perceptor deberá imprimir y conservar la comunicación remitida en la que constará la fecha de remisión.
No es posible esta comunicación vía telemática cuando el perceptor tenga derecho a la deducción por pensión compensatoria a cónyuge y/o anualidades por alimentos a favor de los hijos, debido a que también debe aportar las el testimonio literal de las resoluciones judiciales por las cuales está obligado a la satisfacción de dichas cantidades.


Hola!Queria haceros una consulta, he utilizado el calculador que han publicado en esta web para ver que cantidad deberían retenerme en el IRPF, y me ha salido el 12%. En mi empresa han pasado de retenerme de un 8% a un 14% y ahora un 21%!! no llego a los 17600€ al mes,no lo entiendo. Ellos me dicen que no pueden modificarlo, que es la seguridad social quien decide cuanto me retienen y que si quiero que me devuelvan algo tiene que ser mediante la declaración de la renta. ¿Todo esto es cierto o deberia denunciarlo?
Muchas gracias
¿El 21% te lo han retenido en la nómina de Enero o en la de Diciembre?
Quería saber si me han hecho bien la nomina en mi empresa porque no llego ni a pipas, en el 2010, cobraba 1.116,32 y ahora en enero 2011 me la han dejado en 1.089,95€ sin poner la subida de las tablas,…q dicen que aun no lo saben,….pero pueden bajar la nomina o no respetan lo que cobraba en el 2010 para subir el ipc¿? no entiendo…..si me pudieran ayudar,…
Es posible que, por algún motivo, te hayan subido la retención por IRPF. Evidentemente, con los datos que aportas nosotros no podemos saber cuál es exactamente ese motivo, aunque podemos especular con que se haya producido alguna variación en tu salario, en tu situación personal o familiar, que el tipo de retención durante el año 2010 haya variado en algún momento también por alguna de las razones apuntadas… etc. Luego, además de una variación en el tipo de retención, podría haber otras múltiples razones y que ahora no vamos a desglosar, ya que las nóminas están sujetas a una gran diversidad de variables. Lo mejor es que lo preguntes en tu empresa y te lo expliquen con claridad.
A MI ME HA PASADO LO MISMO QUE HA TYNA, DE RETENERME UNOS 30 EUROS (12%) ME HAN RETENIDO 150€. ESTO ES ESPANTOSO!!! NO PODRÉ SALIR ADELANTE DE ESTA FORMA… YA QUE ME HAN INSINUADO QUE CONTINUARÁ ASÍ MUCHOS MESES MÁS. QUIERO MÁS INFORMACIÓN POR FAVOR, ME DICEN QUE ES PARA LA REGULACIÓN GLOBAL DE HACIENDA… Y TODO ESTO DE BUENAS A PRIMERAS… AYUDARME POR FAVOR
Mal te vamos a poder informar si no nos aportas apenas información sobre tu situación personal y familiar, tus retribuciones anuales, tu contrato… ¿Te has podido equivocar al teclear ese 12%?
Hola.,,,,,es obligatorio la deduccion del IRPF…mi sueldo es el minimo y no me lo descontaron el año pasado,,,,.gracias
Efectivamente: puede resultar que, si tu salario es el mínimo interprofesional y tu contrato no es de duración inferior a un año, no deban descontarte nada a cuenta del IRPF.
tengo un contrato desde mayo del 2010,y me habian descontado el 2% del irpf de mi sueldo,,pero desde enero de este año me comenzaron a descontar el 11%,,trabajo en un hotel de vigilante,con un sueldo de 1072 euros mensuales,,ahora este dinero me va a hacer falta,,que puedo hacer,,o esto ya es irremediable,,el gestor de la empresa ha dicho que nada se puede hacer,,,,por favor diganme algo
Gerardo, te hemos contestado aquí.
Buenas,
Me gustaría saber qué entiendes tú por el tema de la comunicación telemática, y si coincides con este otro blogger http://tusnominas.com/modelo-145-2011-pequenos-cambios/
gracias
No sabemos muy bien a qué te refieres, pero decimos básicamente lo mismo, lo que aparece en la Resolución de Hacienda. Sobre que sea válido un simple email, tenemos nuestras dudas, especialmente si no le acompaña un certificado digital que dé autenticidad al remitente.
En Marzo me subieron el trienio 50 euros y me retenian en la nómina 7.37%. En Diciembre me han subido las retenciones en 11.59% descontandome de la nómina 54 euros que es más de lo que me han subido del trienio. En la nómina de Enero me retienen un 8.98% mi pregunta es si es normal tantos cambios en las retenciones en estos tres últimos meses y si es normal que me quiten los 50 euros del trienio.
Saludos,
Gracias
No tenemos datos suficientes para evaluar la corrección de lo sucedido. Lo más que podemos decirte es que es una situación bastante típica, siendo probable que en el mes de diciembre te hayan regularizado el tipo de retención por alguna razón. Luego, en Enero, y como todos los años, te han recalculado el tipo de retención para este año 2011.
No hay nada irregular en el mero hecho de que, con el incremento del tipo de retención en el mes de diciembre, se te haya descontado en ese mes un importe adicional equivalente al trienio que empezaste a cobrar en Marzo.
Hola.
Tengo un contrato de 6 meses a tiempo completo que empecé en septiembre pasado. En las nóminas del 2010 me retenían un 2%, y al cambiar el año me empezaron a retener el 11%, lo que veo excesivo al ser mi situación familiar casado y con dos hijos. Quisiera saber si estoy en lo cierto y me retienen en exceso y si ahora que me cambiarán el contrato a fijo tiempo completo me deben retener más en nómina.
Muchas gracias por vuestra ayuda y saludos.
Habría que conocer también el salario que tienes para saber con seguridad si están reteniendo correctamente. Sin embargo, por los datos que aportas, sería más que probable que no sea correcta, como sospechas. ¿Qué tipo de contrato es?
me gustaria saber que tanto por ciento me pueden retener en un trabajo suplantando una baja por maternidad ,tengo dos niños menores.gracias
es un contrato de 40 horas semanales y creo que el salario bruto es de unos 1000 euros aprox.
Un 2%.
buenas , me gustaria saber que descuento de irpf me tiene que hacer la empresa, soy fijo, mi jornal es de 1850 euros brutos x 14 pagas , estoy casado y con 2 hijas de 1 y 3 años respectivamente ,mi mujer no trabaja ni recibe ningun tipo de ingreso, tengo certificado de discapacidad del 33% y la empresa me retiene un 15% ,es correcto el porcentaje? porque creo que es muy elevado ,en caso afirmativo que podria hacer para que me lo bajaran? porque llevo 5 meses preguntando el tema y me ignoran( se me olvidaba pago 700 euros de hipoteca) gracias por la ayuda
Sí, parece realmente elevado ese porcentaje para la retribuciones y situación personal y familiar que describes. Entrega el modelo 145 actualizado a la empresa y exige que te calculen correctamente el tipo de retención. Si no hicieran caso, siempre puedes acudir al Tribunal económico administrativo. Consulta con un abogado.
lo primero agradecer la atencion recibida,el modelo 145 no lo entregado , pero la empresa cada año nos hace rellenar un papel en el cual tenemos que indicar los cambios, añadi a la pequeña de un año , y hace 5 meses les entregue el certificado de discapacidad y en cambio sigo con el mismo porcentaje, seguire tu consejo , muchas gracias por la ayuda
Soy indefinida hace 3 años, mi salario anual bruto no llega a 17000 €, soltera y sin hijos ni ascendientes a cargo, creo que en la actualización del IRPF modelo 145,marqué la 3ª, sin cargas,otras situaciones, el año pasado me retenían un 11 %, cobraba mensualmente con pagas extras incluidas 1.166.07, y hoy me encuentro que he cobrado 1083,29 €, me gustaría que me indicarán si me están aplicando bien el IRPF o se han excedido, aún no sé que tipo me han aplicado, pero antes de ir a RRHH de la empresa mañana, me gustaría que me asesorarán, para ir con una base. Muchas gracias anticipadamente.
Efectivamente, para una retribución anual de 17.000 y una situación personal y familiar como la que describes, te correspondería una retención téorica anual del 11%. Pregunta en tu empresa a qué puede deberse la disminución del líquido, si ha sido motivada por un incremento de las retenciones (y la razón para dicho incremento) o por alguna otra razón.
Gracias por su ayuda, efectivamente he consultado y se ha debido a un acuerdo nuevo que han implantado que en caso de enfermedad, (en mi caso, estuve 3 días en hospital) pues a partir de este año, descuentan cada día que faltes al trabajo el salario correspondiente, creo que los tres primeros días, luego el 60%, creo que han dicho, tampoco me lo explicaron bien.
Y respecto al IRPF, me siguen aplicando el 11%, menos mal, que susto…Gracias por su rápida respuesta y ayuda.Saludos.
queria saber si una persona física que desarrolla una actividad economica encuadrada en
el regimen de estimacion objetiva para el IRPF y en el regimen simplificado para el IVA,con ninguna
persona empleada, solamente trabaja el en la actividad a tiempo completo
¿debere hacerle nomina y retenerle en funcion del sueldo, y hacer los modelos 111 y 190
de retenciones, ?
gracias
Art.95.6 del Reglamento del IRPF.
HOLA, YO QUISIERA SABER CUAL SERA MI SALARIO EN NETO, PUES EN LA EMPRESA QUE QUIERE CONTRATARME ME HAN DICHO QUE DEPENDERA DE MI SITUACION PERSONAL, EN BRUTO SON 1300 EUROS /MES, YO SOY SOLTERA (AUNQUE VIVO EN PAREJA)Y TENGO UNA HIJA DE 1 AÑO, Y ESTOY DE ALQUILER,
GRACIAS
Esther, no nos dedicamos a resolver este tipo de cálculos, pero hay otras páginas web que se dedican a ello y que te recomendamos que uses aunque sea para hacer cálculos aproximados. Sería complicado darte una respuesta exacta dado que no conocemos cuáles serían las retribuciones previstas para este año.
Hola. mi pregunta es cuanto me tiene que retener de I.R.P.F llevo en la empresa desde 02/11/2006; mi salario es 953.49€ deduciones 71.19 y retencion del I.R.P.F 0.18% esto es norma.? estoy casada y tengo dos niños. Gracias
Puedes calcularlo tu misma, aunque sea de forma aproximada, con nuestra hoja de cálculo Excel.
por favor ,que alguien me diga si lo que me esta pasando es legal……tenia un contrato de duracion determinada,desde el 1ero de mayo del 2010,hasta el 30 de abril del 2011,con un sueldo de 1160 euros mensuales,con el cargo de vigilante nocturno en un hotel de un pueblo de barcelona,en horario de 23 hrs 30,,hasta las 08 hrs 30…he trabajado 9 horas diarias,de lunes a sabado,,el dueño del hotel me ha dicho que dentro de mi sueldo esta incluido todo ,es decir,horas extras,nocturnidad,,por que me paga mas de lo que deberia ganar,segun el convenio de hosteleria en sueldos para vigilantes nocturnos,,ademas como pueden ver ,el contrato ya se me termino,y cuando le pregunte ,que va a pasar conmigo,,el dueño del hotel me dijo que siga trabajando,que automaticamente mi contrato se transforma en indefinido,eso si que no tengo derecho a ningun finiquito,,por que lo unico que se hace es transformar el contrato anterior,,yo de esto no entiendo nada,,no se como es esto de los convenios laboralesde hosteleria,,ni cuanto es el sueldo de un vigilante de noche,no se porque me hacen trabajar de lunes a sabado,si en el contrato dice solo 40 horas,,ya llevo mas de un año con este horario sin poder ,decir nada por que cuando le referi el tema el dueño me dijo,que es lo que hay y que si no me gusta puedo irme cuando quiera,,,,espero que alguien me ayude y me diga que debo de hacer,o donde debo recurrir,si estoy siendo victima de algun abuso,,y si no que me explique para poder entender,porque debo de trabajar 54 horas semanales sin recibir ningun extra,,y si es verdad q me estan pagando mas de lo que deberia ganar,,,,ademas de ese sueldo solo percibo 968 euro por que me retienen un 10% del irpf mas otros descuentos que uds ya han de saber,,,,por favor ayudenme
parece,que solo a ciertos comentarios,le brindan orientacion,yo he dejado el mismo comentario ya 4 veces y nadie me puede responder,aunque solo sea ,para decirme donde vaya a pedir ayuda,,,y como si esto fuera poco ya ni siquiera aparece en las paginas
Esta página no tiene obligación ni compromiso alguno de responder a las consultas de los lectores, si bien se intenta dar respuesta a todas y cada una de ellas (cerca de 1000 preguntas ya contestadas) y en el tiempo más breve posible, pero no siempre nos resulta factible.
Respondiendo a tu consulta, ante la situación irregular en la que te hayas en el trabajo, tienes varias posibilidades entre las que se encuentra acudir directamente a la Inspección de trabajo. Sin embargo, en primer lugar, te aconsejamos que te pongas en manos de un abogado o acudas a un sindicato.
Hola Help!. Soy casado con dos hijos menores. Mi sueldo bruto anual es de 26.000€ y mi empresa me retiene IRPF 12%. Recibo el borrador de hacienda y me piden “a pagar” 1.100€ y eso que tengo hipoteca (es una barbaridad).
Alguien me dice que me reitenen poco IRPF. Yo me pregunto ¿la empresa no tiene responsabilidad en esto?. Yo ne he pedido nunca que me apliquen modificaciones en la retención. El unico cambio sobre años anteriores es que mi empresa ha cambiado de razon social tres veces en 2010 y cada vez me han hecho un finiquito.
Gracias.
Habría que conocer con exactitud cual es tu situación personal y familiar y si obtienes otro tipo de ingresos. Incluso, habría que ver si el borrador incluye o no la deducción de la hipoteca, o tuviera algún tipo de error. En cualquier caso, la retención que te aplican no parece diferenciarse mucho de la que resulta de los escasos datos que has aportado.
Hola, soy madre primeriza, mi baja maternal comienzó el 24 de abril 2011, previamente estuve de baja por IT, quería saber si hice bien al solicitar la baja maternal a la seguridad social en el apartado que ponía retención IRPF puse un 10% que es lo que generalmente me retiene la empresa para la que trabajo (entre un 9% y un 11%), porque leí que si no pones nada hacienda te mete un palo de tres narices al realizar la declaración, pero mi pregunta es, si no estoy obligada a realizar la declaración de la renta, puede meterme hacienda ese palo del que hablan?, he hecho mal al poner que me retuvieran lo mismo que la nómina?, perdí dinero?,si es así hay alguna manera que yo pueda retroceder eso?, he recibido la carta de la seguridad social haciendome los calculos con la retención del 10%
base reguladora 42.5600 100% importe diario 42,5600
cuotas sociales 2.7584
IRPF (1) 10% 4,2560
importe diario
con reducción de
cuotas sociales e
IRPF 35,5456
Con estos datos cobraré mas de 200 euros menos en la prestación que ahora me hacen mucha falta, por favor necesito orientación para no sentirme tan tonta de haber cometido un error, y saber si puedo hacer algo.
Desde el momento en que percibes ingresos de varios pagadores (empresa y Seguridad Social) es obligatorio realizar la declaración de la renta, salvo que tus ingresos fueran mínimos.
Por otro lado, para evitar “ese palo” de Hacienda, en principio sí nos parece adecuado solicitar a la Seguridad Social un tipo de retención similar al que te venían aplicando en la empresa. Sin embargo, las declaraciones de la renta están sujetas a tantas variables que habría que conocer cuál es exactamente tu situación fiscal para valorar debidamente este hecho.
Quería preguntar ¿ porque habiendome retenido el 14% que es lo que me corresponde según hacienda para el 2010 por el bruto que tendo de 22.720,24 euros, IRPF 3.180,72 y Seguridad Social 1.391,04 euros me sale la declaración a pagar 104,36 euros?.
No tengo nada más que la nomina para declarar, estoy casada, aunque hace tres años que no vivo con mi marido. Aunque en la declaracion pongo que estoy casada, vivo en Catalunya y no tengo hijos a mi cuenta ya que el que tengo tiene 27 años y vivie por su cuenta.
Muchas gracias.
Angeles
Las retenciones son únicamente una aproximación a lo que, téoricamente y en base únicamente a los datos relativos a tu actividad en tu empresa, debes pagar en el IRPF. Siempre es posible que se produzcan diferencias, tanto a pagar como a devolver.
soy fijo en mi empresa desde 2005 mi situacion laboral personal no a cambiado ,gano 16000€ al año siempre me a puesto en las retencines 7 o 8 por c me devolvian sobre 400€ ahora me ponen un o no entiendo ,si mi situacion laboral y personal no a bariado porque barian las retenciones fran
A partir de los escasos datos que aportas (situación personal y familiar, entre otros), no podemos determinar la corrección de la aplicación del tipo del 0% para este año. Sin embargo, a priori, si no hay cambio en las retribuciones ni en la situación personal y familiar, los cambios en las retenciones de un año a otro suelen ser mínimas.
Cuando quieres descargarte el modelo 145, tanto el rellenable como el otro, te aparece un error que impide la acción.
Gracias por el aviso, Marcos. Ya hemos corregido los enlaces.
buenos días, estoy realizando una baja maternal en un hospital. mi sueldo bruto anual es de unos 41000 euros, a estos les tengo que restar un 6,6% que me retienen por un acuerdo de la empresa respecto a los recortes en sanidad. tenía marcado que me retuvieran un 20% pero este mes me han retenido un 30%, me dicen que lo ha hecho un programa que tienen ellos pero no lo entiendo. en otras empresas incluso cobrando más no me retenían tanto y luego hacienda no me cobraba nada.. he estado 4 meses en paro, no sé si tendrá algo que ver…gracias
Que hayas estado cuatro meses no tiene nada que ver. Te recomendamos la lectura de nuestro artículos “Me han subido mucho la retención IRPF” y si te queda alguna duda vuelvas a preguntar.
Buenas tardes:
Estoy como indefinido (fijo) en una empresa desde el 2008 como Oficial Administrativo. Mis ingresos anuales son 17.120 € (12 pagas).
Actualmante me retienen por IRPF un 11%.
La pregunta es:
Siendo padre desde Febrero de 2011 y pagando hipoteca desde antes de Enero de 2011, cuál sería la retención mínima que me podrían aplicar?.
Estoy casado y mi mujer está en reducida cobrando 11.000 € anuales y no tenemos minusvalía ni ascendientes a nuestro cargo.
Muchas gracias.
No hay una retención mínima como tal. Debemos suponer que el tipo de retención que te vengan aplicando actualmente responde a tus actuales circunstancias laborales, personales y familiares.
Mi situación es Ingeniero, 25 años, soltero y sin cargas. Pronto firmaré un contrato por 22000-24000 euros brutos anuales, quisiera saber qué porcentaje de retención he de esperar que me apliquen para estar orientado o detectar errores.
Muchas gracias.
Puedes calcularlo tú mismo con nuestra hoja de cálculo , (aun a falta de conocer qué posibles modificaciones puedan surgir a través de la Ley de Presupuestos para 2012).
Tengo una niña de 5 años y cobro cerca de 1200 € me va a nacer el segundo hijo cuanto me tienen que descontar de IRPF si mi mujer trabaja
Lo normal es que el tipo de retención disminuya. Ahora bien, si nos preguntas cuanto te van a retener exactamente a partir del momento del nacimiento, es complicado saberlo si dicho nacimiento se produce durante el año, ya que dependería de las retribuciones que ya te han satisfecho, retenciones practicadas hasta este momento… Si tu pregunta es cuál sería el tipo de retención a aplicar a partir del próximo año, puedes obtener un valor aproximado con nuestra hoja de cálculo (aun a falta de conocer qué posibles modificaciones puedan surgir a través de la Ley de Presupuestos para 2012), el cual se supone que también será inferior al que te vinieran aplicando hasta ahora en términos globales.
Hola.
Convivo con mi pareja y tengo dos hijos, no estamos casados. Ella no trabaja ni cobra nada como desempleo ni subsidio, agotado. He de marcar la casilla nº 3 en el mod. 145 o se supone que los hijos, en este caso, es como si convivieran exclusivamente conmigo y sería la casilla nº1?
Gracias.
Si los hijos son de ambos, casilla 2.
hola te quiero hacer una pregunta en mi trabajo me han dado el modelo 145 tengo 1 niño pero no estoy casada, vivo con mi pareja que tengo que poner la casilla 1 o 3 . gracias.
Si el niño también es hijo de tu pareja, situación 3.