Normas de cotización 2011
Publicada la Orden TIN/41/2011, de 18 de enero, por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de GarantÃa Salarial y Formación Profesional, contenidas en la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
En esta Orden que se publica anualmente por estas fechas se establecen, entre otras cosas, las normas generales sobre bases de cotización en los distintos regÃmenes, tabla de bases máximas y mÃnimas para cada grupo de cotización, asà como las normas especiales de determinación de bases en situaciones de IT, maternidad/paternidad, contratos a tiempo parcial, contratos para la formación, pluriempleo, etc…

Una pregunta, si en un mes que trabajo 10 dias y el resto permanezco de baja, si durante los dÃas que he trabajado percibo gastos de locomoción que exceden 100€ del limite de 0,19€ por Km, al calcular la base de cotización por contingencias comunes y profesionales de los dÃas trabajados, el exceso de locomoción lo aplico Ãntegro poruqe lo he generado en los dÃas de trabajo o lo reparto multiplicando por 10 y dividiendo por 30 como harÃa con el Salario Base y los complementos salariales?
Gracias
Los gastos de locomoción se devengan y se excluyen/incluyen en la base de cotización por los kilómetros recorridos, no por los dÃas trabajados. Por tanto, si exceden 100 euros de los 0,19 €/km, deben incluirse los 100 euros en su totalidad en la parte de la base de cotización de los dÃas trabajados. Para totalizar la base mensual, a esa parte de la base se sumará la parte de cotización correspondiente a los dÃas de baja.