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artículos y apuntes sobre salarios, seguridad social e irpf

Normas de cotización 2011

Publicada la Orden TIN/41/2011, de 18 de enero, por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, contenidas en la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.

En esta Orden que se publica anualmente por estas fechas se establecen, entre otras cosas, las normas generales sobre bases de cotización en los distintos regímenes, tabla de bases máximas y mínimas para cada grupo de cotización, así como las normas especiales de determinación de bases en situaciones de IT, maternidad/paternidad, contratos a tiempo parcial, contratos para la formación, pluriempleo, etc…

2 Comentarios

  1. Una pregunta, si en un mes que trabajo 10 dias y el resto permanezco de baja, si durante los días que he trabajado percibo gastos de locomoción que exceden 100€ del limite de 0,19€ por Km, al calcular la base de cotización por contingencias comunes y profesionales de los días trabajados, el exceso de locomoción lo aplico íntegro poruqe lo he generado en los días de trabajo o lo reparto multiplicando por 10 y dividiendo por 30 como haría con el Salario Base y los complementos salariales?

    Gracias

    • Los gastos de locomoción se devengan y se excluyen/incluyen en la base de cotización por los kilómetros recorridos, no por los días trabajados. Por tanto, si exceden 100 euros de los 0,19 €/km, deben incluirse los 100 euros en su totalidad en la parte de la base de cotización de los días trabajados. Para totalizar la base mensual, a esa parte de la base se sumará la parte de cotización correspondiente a los días de baja.