(Beta) Hojas de cálculo de indemnizaciones por despido (reforma laboral 2012)

Publicamos a continuación una versión beta (en pruebas) de tres nuevas hojas de cálculo:
1. La primera de ellas y más interesante, calcula indemnizaciones por despido improcedente para aquellos contratos celebrados con anterioridad al 12 de febrero de 2012 y que se extingan a partir de esa fecha. Según el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, en el apartado 2 de la disposicion transitoria quinta, se establece que “la indemnización por despido improcedente de los contratos formalizados con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto-ley se calculará a razón de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios anterior a dicha fecha de entrada en vigor y a razón de 33 días de salario por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior. El importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario, salvo que del cálculo de la indemnización por el periodo anterior a la entrada en vigor de este real decreto-ley resultase un número de días superior, en cuyo caso se aplicará éste como importe indemnizatorio máximo, sin que dicho importe pueda ser superior a 42 mensualidades, en ningún caso.”
2. La segunda hoja calcula las indemnizaciones por despido para aquellos contratos celebrados a partir del 12 de febrero de 2012 de acuerdo a las nuevas cuantías establecidas por el mismo Real Decreto-ley 3/2012.
3. La tercera hoja calcula las indemnizaciones por finalización de contratos temporales (excepto interinidad y formativos) para cualquiera de las cuantías establecidas en la disposición transitoria décimotercera del Estatuto de los Trabajadores y fijadas por la Ley 35/2010.
Además de contemplar las diferentes novedades legislativas, estas nuevas hojas disponen de algunas nuevas funcionalidades frente a la antigua hoja que publicamos en mayo de 2010, como por ejemplo, el cálculo de la indemnización por fin de contrato o la posibilidad de introducir las fechas de inicio y fin de la relación laboral para el cálculo automático del tiempo de servicio en la empresa.
Como tales versiones beta deben utilizarse con cautela. Por ello, las tres hojas de cálculo las sometemos al testeo por parte de los lectores para que nos hagan llegar los posibles problemas o errores que puedan encontrar, así como posibles sugerencias que deseen hacernos sobre las mismas. Cuando, próximamente, dispongamos de las versiones definitivas las publicaremos en esta misma web, así como un artículo en que explicaremos el algoritmo de cálculo actualizado a la nueva normativa, especialmente, en lo referido a los contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma laboral publicada en el BOE el pasado sábado.
Así mismo, señalar que, como siempre, todos los cálculos de estas hojas están basados en la legislación aplicable así como en la doctrina y jurisprudencia de nuestros Tribunales.
A continuación disponemos el enlace para su descarga en un archivo zip comprimido, el cual contiene las tres hojas de cálculo por duplicado, tanto para las versiones 2007/2010 de Excel como para versiones anteriores:

Hola! en primer lugar, muchas gracias por las hojas de cálculo. Intento descargarlas, pero me descarga archivos zip y cuando los descomprimo no encuentro ningún archivo excel.
Gracias de nuevo.
-Probablemente tengas una versión de Excel anterior a la 2007. Descarga e instala el parche de compatibilidad de Microsoft. Una vez hecho eso, reinicia el ordenador y vuelve a descargar las hojas de cálculo desde la página web.
-No son archivos zip, sino xlsx, es decir la hoja sin comprimir. Otro tema es que el sistema operativo los abra como si fuera un zip y os dé la impresión de que son archivos comprimidos. Supongo que esa es la cuestión. Para solventarlo, si te ha guardado las hojas con extensión zip, cambiarla a xlsx.
-De todas formas para versiones anteriores a la 2007 y aún pudiendo abrir la hoja, ya hemos detectado algún error (resultado “#nombre?”) que procuraremos corregir en próximos días. Recordad todos que esto solamente era una versión Beta en pruebas. Próximamente sacaremos las versiones definitivas y corregidas.
Ya hemos dispuesto el enlace para su descarga en un único archivo zip comprimido, el cual contiene las tres hojas de cálculo por duplicado, tanto para las versiones 2007/2010 de Excel como para versiones anteriores.
Yo tengo excel 2007 pirata, no me atrevo a colocar ningun parche, sale un archivo comprimido, no consigo ver nada.
Por favor, cuando mandeis el definitivo, que se abra en excel directamente… gracias.
Chelo, te habíamos contestado al correo electrónico ¿el nombre de los archivos que has descargado tienen extensión? Si es así, añade la extensión “.xlsx” o vuelve a descargar por el nuevo enlace que hemos puesto.
Muchísimas gracias. Lo hemos podido abrir. Nos va a ser de mucha ayuda.
Hecho de menos en el excel la casilla para incluir las variables percibidas en el último año…
Gracias por tu sugerencia. Sin embargo, en este caso, hemos optado por simplificar el apartado de las retribuciones anuales, debiendo el usuario consignar directamente el importe global anual.
gracias, yo lo he descargo y me ha funcionado bien, de hecho ya he realizado las cuentas de mi indemnización
Una duda: ¿no hay que prorratear los picos del tiempo trabajado por meses enteros? Está hecho por días.
Si es por meses: ¿se prorratea en los dos tramos? es decir, ¿el que va hasta el 12/2 y el que va desde el 12/2?
Muchísimas gracias, muy útil
Aunque las indemnizaciones en las disposiciones generales sí establece el prorrateo por meses, la disposición transitoria que dispone del cálculo de la indemnización por 45 y 33 días para los contratos anteriores a la Reforma, no habla en ningún momento de prorratear por meses.
Gracias por vuestra aportación pero no veo cómo calcular el despido por ERE con contratos anteriores a la reforma, tengo la suerte de pertenecer a la primera empresa que se acoge a la reforma y estamos de negociaciones, segun ellos solo son 20 dias. Llevo trabajando en la empresa desde septiembre del 99.
Muchas gracias
Aunque sean contratos anteriores a la reforma, la indemnización por despido objetivo la puedes calcular con la hoja “Contratos posteriores…”, ya que al cálculo de este tipo de indemnizaciones no se ha visto afectado por la reforma laboral.
Gracias, pero si pongo la fecha de inicio de contrato (1999) sólo me contabiliza los días a partir de la aprobación de la reforma.
Saludos
Lo acabamos de comprobar y eso que comentas no nos sucede en la hoja de “contratos posteriores a 12-02-2012″, es decir, que cuenta todo el tiempo desde el inicio del contrato. Descarga de nuevo las hojas y vuelvelo a intentar.
Me he descargado las hojas y tengo una duda. ¿teneis en cuenta que las fracciones de mes, sea cual sea el número de días, se condideran como un mes completo?
El conteo del tiempo en todas las indemnizaciones se hace conforme a la normativa. Es decir, en las indemnizaciones por despido ya vigentes antes de la reforma y las posteriores, la fracción de días se considera un mes completo. En las previstas en la disposición transitoria quinta de la reforma, se prorratea por días. En las indemnizaciones por finalización de contrato temporal se prorratea por días.
Fíjate que en el cálculo de cada indemnización te aparece el desglose que se toma para el conteo del tiempo. Años y meses, o años y días.
Muchas gracias por vuestro interés y vuestra ayuda.
Saludos cordiales.
Hola,
gracias por las hojas.
Solo comentar que al estar el fichero protegido no se puede configurar la impresión y quizá sea un poco tiquismiquis pero pudiéndolo imprimir en una hoja para que gastar dos… :-)
Gracias de nuevo!
Gracias por tu sugerencia, la tomaremos en cuenta.
Tienen muy buena pinta voy a comprobarla con otra que tengo y si va bien está muy currada. Buen trabajo.
Creo que para el calculo de las indemnizaciones por despido improcedente, seria conveniente incluir un concepto como es el de las vacaciones. Concretamente en el caso de mi hija: comienza el contrato el 6-10-2011 y la echan con despido improcedente el 23-3-2012, su salario bruto anual es de 13.200€, sus vacaciones son 30 dias al año, de las cuales disfruto 7 dias el 2011 (lo correcto) y 10 dias en 2012 (creo que 3 más de los 7 que la hubiesen correspondido hasta la fecha de su despido).
¿Cuanto la descuentan por esos tres dias que ha cogido de más de vacaciones y , en definitiva, cuanto la queda de indemnizacion?.
La hoja de cálculo está específicamente construida para el cálculo de indemnizaciones, y no para la compensación por vacaciones, el cual es un concepto diferente.
Mi duda es:
Yo vengo de un expediente de regulación de empleo temporal, por lo que los meses anteriores a mi despido no he trabajado todos los días, asi que mis nominas son de los días que he trabajado solamente, ¿cual es mi salario bruto mensual?.
A parte recibiamos un complento por cada día de paro, para complementar el 70% del desempleo hasta el 86 pactado, ¿Eso entraría?.
Gracias por vuestro trabajo.
Para calcular la indemnización debes partir del salario anual, el cual puedes averiguar en tu contrato y/o en tu convenio.